¿Qué es una Norma?

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Introducción


La convivencia de los seres humanos en sociedad, para ser armónica, debe estar sujeta a una serie de disposiciones, donde sus destinatarios conozcan cuáles son sus derechos y el alcance de sus obligaciones. Por lo tanto, es necesario que todo ciudadano se introduzca al conocimiento del régimen normativo al cual pertenece.

A continuación se presenta la concepción que actualmente se tiene de la norma y se explica la importancia de diferenciarla, determinar cuáles son sus elementos o características, así como la forma en que en México tiene un espacio en el sistema jurídico mexicano, a partir de la jerarquía normativa, a efecto de poder lograr el objetivo de esta unidad e incluso de comprender el sistema jurídico y la operación de las normas en la vida cotidiana.



Libros y martillo de juez


Ley

Distinguir los tipos de normas, a partir de la revisión de sus características, con la finalidad de tener un panorama general de sus ámbitos de aplicación.

Definición y tipos de normas




En su aspecto doctrinal, la norma generalmente se define como una regla que regula la conducta de personas en una determinada sociedad, por lo que todas las personas están vinculadas a diversas clases de normas, como las jurídicas, morales, religiosas, del trato social y técnicas.




Clases se normas


Son reglas bilaterales que otorgan al mismo tiempo facultades y deberes, es decir, derechos y obligaciones. Al ser impuestas por el Estado por encima de los demás tipos de normas, se caracterizan por ser heterónomas, bilaterales, externas y, por supuesto, coercibles, así como en su momento pueden llegar a convertirse en coactivas.

Son aquéllas que el ser humano realiza de forma consciente, libre y responsable, con el propósito de hacer el bien; son propias del ser humano y su sanción –el castigo que recibe la persona–, en caso de incumplimiento, es el remordimiento de conciencia. Se caracterizan por ser autónomas, unilaterales, internas e incoercibles.

Son un conjunto de preceptos manifestados al hombre por Dios o dadas por la autoridad eclesiástica (Iglesia) para el bien común. Se caracterizan por ser heterónomas, unilaterales, internas e incoercibles.

Son las reglas creadas por la sociedad y provocan el rechazo por parte del grupo social de quien las incumple. Se caracterizan por ser heterónomas, unilaterales, externas e incoercibles.

Son reglas de conducta de tipo operativo o funcional que tratan de explicar el uso de una herramienta, objeto o maquinaria, a fin de aprovechar su fuerza, precisión, naturaleza o material con el que están hechos. Establece especificaciones sobre procesos de producción, resultado de la experiencia y desarrollo tecnológico, para la fabricación de determinados productos o servicios; útil para todos aquellos interesados en la actividad productiva, tales como fabricantes, consumidores, laboratorios, centros de investigación, etcétera.


La norma técnica se encuentra generalmente contenida en un documento aprobado por un organismo de normalización, reconocido mundialmente e identificado conforme a sus siglas; por ejemplo, ISO9000, corresponde a la norma emitida por la International Organization for Standarization (IOS). En el caso de México, encontramos un claro ejemplo de las normas técnicas en las denominadas Normas Oficiales Mexicanas, las cuales pueden encontrarse en el catálogo creado por la Secretaría de Economía Federal, y que son publicadas para el conocimiento de la población en el Diario Oficial de la Federación.

Generalidad y obligatoriedad de las normas jurídicas


Al momento que cada país expide una norma jurídica, a través de su órgano respectivo, deberá ser aplicable a todas aquellas personas que se ajusten a los casos previstos en su contenido, mediante un trato igualitario, sin excepción alguna por razón de edad, raza, sexo, religión, profesión, etcétera. En el caso de México, ese órgano puede ser a nivel local o federal, es decir, en cada uno de los estados y uno que rija para todo el país; a eso se le conoce como Ley Federal. Las normas en cada una de las entidades federativas son creadas por el Congreso Estatal, salvo las de la Ciudad de México, ya que en ese caso quien crea dichas normas jurídicas es la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México.

El principio general del derecho indica que “la ignorancia de la ley no exime de su cumplimiento”; esto es, que la norma debe ser cumplida aun cuando no sabemos que existe, por lo que debemos estar en constante actualización de las normas que se publican, tanto en el Diario Oficial de la Federación, cuando son federales o generales, como en la gaceta o periódico de cada entidad federativa.

Es así que la norma jurídica tiene como características comunes la generalidad, por ser aplicable a todo aquél que se encuentre dentro del territorio mexicano, y que al realizar una conducta, si se encuentra alguna sanción, condición u obligación dentro de la norma, deberá cumplirse por parte del individuo, lo que será vigilado por el Estado a través de sus diversas instituciones.


Las normas jurídicas consisten en una obligación que el hombre debe cumplir dentro de la sociedad. Poco importa su voluntad, ya que es indiferente que esté o no de acuerdo en acatarlas, pues la característica principal de estas reglas es la obligatoriedad y la posibilidad que tiene la autoridad de hacerlas cumplir por medio de la fuerza; esto es, mediante la coacción.


Diferencias de las normas


Las reglas de conducta, como quedaron definidas, tienen diferencias, las cuales se enlistan a continuación:

Coercibilidad, incoercibilidad, coactividad


Como se explicó anteriormente, para que se cumpla cabalmente con la norma jurídica, es necesario imponer una sanción y sólo en el caso de que la persona se resista a acatar esa orden de la autoridad, deberá aplicarse el uso de la fuerza pública y todo el rigor de la Ley; por ejemplo, una multa, arresto o la pérdida de un derecho, siendo lo más útil el embargo de bienes ante la falta de pago de un deudor.

Debe recordarse que la coactividad nace precisamente cuando la persona no quiere cumplir; entonces la autoridad, a pesar de ordenarlo y definitivamente cobrarle multas, decide que necesita hacer algo para lograr que la persona cumpla, y lo que realiza es emplear su fuerza, ya sea arrestando a la persona por ciertas horas o incluso manteniéndola en la cárcel por tal incumplimiento.

No obstante, aquellas normas que no son jurídicas, como las morales y religiosas, así como las de trato social, son consideradas como incoercibles, estando imposibilitada la autoridad para exigir que se cumpla, aplicar coercibilidad o coactividad.


Por ejemplo, cuando de un documento vencido ya no es exigible su cobro ante los tribunales, a menos que el deudor reconozca la deuda y pague por sí mismo; a nadie se le puede exigir responder el saludo o pagar el 10 % de sus ingresos como diezmo a la Iglesia. Las normas religiosas y morales.

Con lo anterior, se puede definir a la norma jurídica como regla de conducta, creada mediante el proceso legislativo, dentro de un Estado, cuyo incumplimiento genera que la autoridad designada por el Estado pueda sancionar tal conducta, incluso en contra de su voluntad, mediante la coacción.

Jerarquía de las normas jurídicas


En nuestro país, la Ley es la norma con la que el Estado busca regular la conducta de sus habitantes, designando a las autoridades que van a vigilar ese cumplimiento. Por ello es importante saber qué norma debe aplicarse antes que otra, así como la forma en que debe aplicarse. Para ello, los estudiosos del derecho, como los integrantes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, coinciden en que la jerarquía normativa es la siguiente:

Jerarquía de las normas jurídicas



En el caso de los decretos, el órgano legislativo, que es el Congreso de la Unión por excelencia, autoriza al presidente de la nación a que realice determinadas actividades legislativas, por la urgencia y necesidad de llevar a cabo o tomar una acción, como en el caso de riesgos inminentes como guerras, plagas o pandemia, que ponen en riesgo al país, como las inundaciones y fenómenos naturales que se suscitan de improviso.

Por cuanto hace al reglamento, éste también es expedido por el titular del Poder Ejecutivo, es decir, el presidente, y sirve precisamente para complementar, ya sea explicando y determinando cómo se va a llevar a cabo la norma principal que se quiere reglamentar.

¿Qué es el supuesto jurídico?


Para crear una norma jurídica el legislador –Congreso de la Unión o de los estados– utiliza un silogismo, es decir, un enunciado lógico que, en el caso de que se cumpla con la conducta de los individuos, deberá establecerse una sanción, dependiendo de la forma en que se llevó a cabo esa conducta. La forma en que se realiza ese silogismo queda así:



A + B = C
Premisa mayor Premisa menor Consecuencia
Supuesto legal Conducta del sujeto Sanción jurídica
Deber ser Ser Pena


El supuesto consiste en una situación o acontecimiento abstracto de posible realización futura (deber ser), regulada hipotéticamente por la Ley, para que, en caso de llegar a cumplirse la conducta del sujeto destinatario de la norma (ser), verificando el grado de ajuste a lo dispuesto en el “deber ser” con el “ser”, el resultado que se derive será señalado como la sanción jurídica, específicamente como una “pena” o castigo material, económico, de servicio, de abstención, privación de la libertad, privación de la vida, etcétera.

Por eso, en muchos textos vamos a encontrar que se habla del “supuesto jurídico”, porque la norma, una vez escrita por el legislador y publicada en los medios correspondientes, se vuelve obligatoria, y si alguna persona realiza una conducta que se encuentre descrita, se dice que se actualiza el supuesto; por lo tanto, está obligada a que se le sancione en términos de lo fijado por dicha norma o por otras.

Actividad. Tipos de normas

La norma tiene características que pueden lograr satisfacer la regulación de diversas conductas, por lo que es necesario diferenciar los ámbitos de aplicación.

Autoevaluación. Características de las normas

La distinción entre normas es de suma importancia para determinar el ámbito de aplicación.

Fuentes de información

Básicas

Vázquez, A., Corona, C. y Juárez, B. (2012). Conceptos jurídicos fundamentales (manuscrito no publicado). México: Universidad Nacional Autónoma de México.

Complementarias

Díaz, L. (2004). Diccionario jurídico para contadores y administradores (3.ª ed.). México: Gasca SICCO.

Díaz, L. (2006). Manual de contratos civiles y mercantiles (3.ª ed.). México: Gasca SICCO.

Lastra, J. (2005). Fundamentos de derecho (2.ª ed.). México: McGraw-Hill.

Moto, E. (2007). Elementos de derecho (50.ª ed.). México: Porrúa.

Pérez de León, E. (1998). Notas de derecho constitucional y administrativo (7.ª ed.). México: Porrúa.

Soto, C. (2005). Prontuario de derecho civil (3.ª ed.). México: Limusa.


Cómo citar

García,V. (2018). ¿Qué es una Norma?. Unidades de Apoyo para el Aprendizaje. CUAED/Facultad de Contaduría y Administración-UNAM. Consultado el (fecha) de (vínculo)